ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA LOS ACUERDOS DE MODIFICACIÓN DE REGIMEN DE VISITAS, en los mismos términos planteados en el presente acto de conformidad con lo establecido en el artículo 387 ejusdem, y al respecto procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada formal y en consecuencia suspende la Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil. Se da por concluido el acto siendo las 12:30 p.m., es todo, se leyó y conformes firman.