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DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y previa lectura acordada por Secretaría estando conforme por los manifestantes, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos, presentada por los ciudadanos PEDRO RAMON QUINTERO SALAZAR y NATHALY VICTORIA SABINO SIVIRA, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy once (11) de Marzo de 2016, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.