Siendo que el efecto jurídico de tal inactividad, es sancionada por la Ley con Perención de la Instancia , este Tribunal primero de juicio , Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara la Perención de la Instancia en consecuencia se extingue el proceso.
Así se decide, Cúmplase