-IV-
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes y con Competencia Territorial en el Municipio Arismendi del estado Barinas con sede en San Carlos, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, debe forzosamente declarar PRIMERO: INADMISIBLE de manera sobrevenida el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, por cuanto se configuró los supuestos previstos en los numerales 5 y 8 del artículo 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, seguido por el ciudadano MIGUEL ANTONIO DÍAZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad