-VIII-
DECISION
Por las razones antes expuestas este Tribunal Superior Accidental Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el profesional del derecho JOSE C. COLMENAREZ CHIRINOS, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 5644 y domiciliado en la ciudad de San Carlos del estado Cojedes, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la SUCESIÓN YAUCA CORDERO, con motivo al juicio de QUERELLA INTERDICTAL POR PERTURBACION (APELACION), contra las sociedades Mercantiles AGROPECUARIA EL ROQUE C.A., AGROPECUARIA LA CALDERA C.A., y AGROPECUARIA LA MORITA C.A. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se impone una multa de DOS BOLIVARES (Bs. 2,00), al recurrente por haberse declarado SIN LUGAR la presente recusación, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de P.....