DECISIÓN
En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la
Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación realizada por el abogado Ignacio
Solano, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil
Inversiones Blocenca C.A. en fecha 09 de junio del 2022, que riela al folio 32, en lo que se refiere al
particular tercero de la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia
Civil, Mercantil, Del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, en fecha 06 de junio del
2022. SEGUNDO: no hay condenatoria en costas.
Publíquese, en la página del Tribunal Supremo de Justicia, y déjese copia en carpeta digital en
programa PDF, en el archivo de este tribunal, conforme al artículo 248 del Código de
Procedimiento Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada.....