Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Resuelve: Designar curador Ad-Hoc, al ciudadano Josué Gedeon Barrios Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.487.408, a los fines de que realice las funciones inherentes para el cargo al cual fue designado a favor de la niña ............................., de ocho (8) años de edad, con ocasión al futuro matrimonio que contraerá su progenitora ciudadana Josué Gedeon Barrios Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.487.408. Expídase por secretaria copias certificadas de la presente decisión, y devuélvase los documentos originales.
Publíquese y regístrese.