IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el divorcio entre los ciudadanos MIGDALIA MERCEDES AGUIRRE PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-11.962.183y CLAUDIO RAMÓN PINEDA QUINTANA, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-10.991.151, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día veintidós (22) de mayo del año Mil Novecientos noventa y tres (1993), contraído por ante por el Registro Civil de.....