DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los hijo del fallecido ciudadanos ENRIQUE JOSE PÉREZ TORRESS y MARIA DE LOS ANGELES PÉREZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.543.627 y V-19.181.009, respectivamente, la cualidad de únicos y universales herederos del ciudadano ENRIQUE RAFAEL PÉREZ ESCORCHA, quien en vida era venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.743.599, quien falleció el día veintiuno (21) de febrero del año dos mil veintidós (2022), en el Municipio Ezequiel Zamora del estado Cojedes, como se evide.....