En virtud de las razones de hecho y de derecho procedentes expuestas, el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la separación de cuerpos de los cónyuges Deony Greisson Contrera Peña y Yocselin del Carmen Hernández Silva, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-14.679.792, y V- 16.994.329, respectivamente, anteriormente identificados, a partir del día de hoy diez de Junio de 2015, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Y así se decide.