En fuerza a las consideraciones expuestas éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Divorcio interpuesta por la ciudadana YAMILES COROMOTO SOLORZANO LOAIZA, contenida en el Ordinal segundo del artículo 185 del Código Civil venezolano vigente, contra el ciudadano FREDDY RAMÓN HUERTA BARRIOS. SEGUNDO: En ejercicio del poder discrecional que posee el Juez SE DECLARA disuelto por Divorcio el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos FREDDY RAMÓN HUERTA BARRIOS y YAMILES COROMOTO SOLÓRZANO LOAIZA ya identificados, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo San Carlos del Estado Cojedes, el día 12 de enero de 1990.
Disuelto como ha quedado el vínculo matrimonial en virtud de la presente sentencia, queda igualm.....