DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la ciudadana Abogada Aricelys Jackeline Ojeda Mendoza, Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público, en la causa signada con el Nº HP21-P-2015-008103. SEGUNDO: SE ANULA la decisión que fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal de fecha 17 de Febrero de 2016, a través de la cual acordó sustituir la Medida Judicial de Privación de Libertad del ciudadano DIXON ENRIQUE TORO TOVAR, por medida cautelar sustitutiva de detención domiciliaria, conforme a lo previsto en los numerales 1 y 2 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le sigue la causa por la presunta comisión del delito.....