Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio No. 01 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano Acusado JOSÉ VICENTE SANDOVAL, venezolano, de 42 años de edad, casado, de profesión Abogado, titular de la Cédula de Identidad N° 7.050.765, residenciado en la Urbanización Buenos Aires, Apartamento No. 01-05 - Piso 01-Tinaquillo estado Cojedes, a cumplir la Pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN más las Accesorias de ley, por encontrarlo CULPABLE de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana PÁRRAGA PINTO, MARIA ESPERANZA.
Contra la presente sentencia procede el Recurso de Apelación por ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en los términos y requisitos.....