Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Inadmisible la Demanda por Reconocimiento en Contenido y Firma de Documento Privado, intentada por la ciudadana Wendy Sulay Miranda Montilla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.733.236 con domicilio procesal ubicado en la oficina numero 1, del centro comercial Izamat, calle Páez, entre Carabobo y Figueredo, en la ciudad de San Carlos, Estado Cojedes, representada por sus Apoderados Judiciales abogados Elba Fagúndez y Néstor Gutiérrez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 86.685 y 87.642, respectivamente, contra el ciudadano José Concepción Ascanio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de .....