éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos JORGE LUIS AGUERO MATUTE y FRANCIS VICTORIA RODRIGUEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº v-12.365.613 y V-12.767.195, respectivamente y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy, 10 de marzo de 2011, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-