En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA; PRIMERO: fundamentado en el articulo 464 de Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETAR DE OFICIO EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del adolescente SANCIONADO (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), por la comisión de los delitos de. ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 460, y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionada en los articulo 458 del Código Penal y 272 ejusdem concatenado con los artículos 1,3 y 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y su Reglamento, - SEGUNDO: Se cuerda dejar sin efecto los Registros Policiales del.....