este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los términos siguientes: PRIMERO: De Conformidad con lo establecido en el Articulo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el Artículo 248, primer supuesto del Código Orgánico Procesal Penal, Califica como FLAGRANTE la aprehensión del imputado, por encontrarse lleno el primer supuesto del mencionado Artículo, por cuanto fue aprehendida cometiendo el hecho. SEGUNDO: Con fundamento en el artículo 373 parte in fine y 280 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO. TERCERO: Considera quien aquí decide, al ponderar el caso concreto, una vez analizadas las actas procesales que conforman la presenta causa, se acreditan en forma concu.....