VI.- Decisión
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar la demanda de cumplimiento de contrato de compra-venta con pacto de retracto intentada por la ciudadana Maribel de Abreu de Abreu, titular de la cédula de identidad N° V-15.627.824, representada por la abogada Eliana Paulina Rodríguez Perdomo, en contra del ciudadano José Dapia Feijo, titular de la cédula de identidad N°. V-25.603.763, ya identificados en autos.
Segundo: Se condena al ciudadano José Dapia Feijo, a realizar a favor de la ciudadana Maribel de Abreu de Abreu, el retracto del inmueble vendido y que en la actualidad ocupa, constituido por un terreno y sus bienhechurías, ubicado en el parcelamiento Rural estancias de Tagu.....