Por todas las razones precedentes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, actuando con la competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que por pensión alimentaría intentara Defensoria Municipal Del Niño Y Del Adolescente del Municipio Falcón Estado Cojedes, , representada por las Defensoras Municipales Lic. Nelly Torres y Evelyn Betancourt, en representación de la niña (IDENTIDAD PROTEGIDA), contra la Ciudadana JANETH ARAUJO.-
En consecuencia, este tribunal fija una pensión alimentaría a favor de la niña antes identificada en la cantidad de sesenta Bolívares Fuertes (Bs.F.60,oo) semanales.-
Dicha cantidad será consignada directamente por el obligado alimentario en una cuenta de ahorro aperturada por el Tribunal a nombre de la ciudadana JANETH ARAUJO, madre de la niña.