este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar el Recurso de Hecho incoado por la ciudadana Erika Coromoto Contreras Carvajal, Inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 138.337, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos José Ramón Gómez Benavides y Lorena Judith Encalada Briceño y por los ciudadanos Anala Monagas Escalona y Rafael Monagas, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nº 67.531 y 24.185, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de Mercantil, Seguros C.A, en contra del auto de fecha 16 de noviembre de dos mil diez (2010) y 23 noviembre de dos mil diez (2010) dictados por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el asunto HP11-T-2009-000006. Y así se decide.-
Remítase el presente asunto mediant.....