IV.- Decisión.-
Por los razonamientos legales y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara:
Primero: Con Lugar. La demanda de Prescripción Adquisitiva intentada por el ciudadano Hernan Rafael Pinto Duran, titular de la Cédula de Identidad Nº V.4.098.271, en contra de los herederos desconocidos del ciudadano Rafael Carmona (+).-
Segundo: Se prescribe el derecho de propiedad que asistía al ciudadano Rafael Carmona(+), sobre un bien inmueble el cual tiene unas medidas aproximadas de cincuenta metros (50 Mts) de frente por treinta y cinco metros con cincuenta centímetros (35,50 Mts) de fondo, alinderado de la siguiente manera: Naciente: Avenida y calle Miranda en medio, con solar que es o fue de sucesores.....