CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CONFIRMA la decisión de fecha 29 de junio de 2004, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, Agrario, del Tránsito, del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual revocó parcialmente la medida de embargo practicada en fecha 22 de octubre de 2003 en lo que se refiere a los bienes muebles, previamente determinados, y confirmó la medida practicada sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos del vehículo marca Ford, identificado en autos. Segundo: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Francisco Hurtado León, en su carácter de autos, contra la decis.....