IV
DECISIÓN
En tal sentido, realizadas las consideraciones precedentes, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA, PRIMERO: Declarar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente Causa, a favor de los ciudadanos IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART 65 PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNNA, hijo de, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN, previsto en el artículo 471-A del Código Penal vigente, en perjuicio del Estado Venezolano, tomando en consideración que para el Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal resulta insuficiente lo actuado, y no existe posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal con respecto de los preidentificados adolescentes, .....