En merito de las razones expuestas de hecho y de derecho, ésta Juzgadora Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara Improcedente la recusación propuesta por el ciudadano Nelson Alexander Méndez Pinto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.042.596 en contra del abogado Miguel Ángel Natera Pacheco, en su condición de defensor Ad-litem. Así se decide.