CAPITULO -IV-
DECISION
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los Artículos 2, 26, 49, 253 y 257 de la Carta Magna, 78, 321 y 341 del Código de Procedimiento Civil; declara INADMISIBLE la presente acción por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTTRATO DE COMPRA-VENTA, por el ciudadano ADRIAN JOSE FLORES TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-10.991.841, con domicilio en el Municipio Tinaquillo en la Urbanización Tamanaco avenida Sorocaima, parcela Nº H.11, asistido en este acto por el abogado en ejercicio DANNY ANTONIO ILLUZZI CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.613.407, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 1.....