IV.- Decisión.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
Primero: Sin lugar la cuestión previa de ilegitimidad de la persona del actor por carecer de capacidad necesaria para comparecer en juicio, contenida en el ordinal 2º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, planteada por la ciudadana Liberta Ramona Sequera, asistida por el abogado Oswaldo Antonio Ríos Castillo, en contra de los actores ciudadanos Dilia Coromoto Guedez Marchan y Carlos Eduardo Guedez Marchan.-
Segundo: Sin Lugar la cuestión previa de condición o plazo pendiente contenida en el ordinal 7º del citado artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la ciudadana Liberta Ramona Sequera, asistida po.....