DECISIÓN
En consecuencia y con fuerza de los razonamientos antes expuestos, tanto de hecho, como de derecho, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente acción por ser contraria a derecho. Devuélvase originales.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, a los ocho (08) días del mes de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213° de la Independencia y 165° de la Federación.
La Jueza Suplente Especial,
Hilsy Josefina Alcántara Villarroel.
La Secretaria Titular,
Lizdangi Sánchez
En esta misma fecha siendo las dos (02:00) pm se publicó y .....