CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes, DECLARA: EXTINGUIDO el presente procedimiento por motivo de Incumplimiento de Obligación de Manutención, incoada en fecha dos (02) de Diciembre de Dos Mil Once (2011), por la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Juan Pablo II" del estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de quien para el momento era niña hoy joven adulta ciudadana AMBER AMANDA WEIBERZAHM MONTILLA, de dieciocho (18) años de edad; a requerimiento, de su progenitora ciudadana GERLYN MIGLENE MONTILLA QUIROZ, titular de la cédula de identidad Nº V- .....