Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito judicial Penal del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos PRIMERO: A D M I T E cuanto ha lugar en derecho el recurso ejercido por la profesional del derecho Zenobio Ojeda Sola actuando en su condición de defensor privado de la ciudadana Jackeline del Valle Segovia, titular de la Cédula N° 10.329.832, contra el fallo dictado por la recurrida ut-supra, el diez (10) de marzo de 2009, leído y publicado el 24 de marzo de 2009, mediante el cual entre otros pronunciamientos condenó a la mencionado encausada, a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión , por considerarla culpable y responsable penalmente en la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancia de Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO ADMITE el medio de reproducción a que se contrae el artículo 334 del Código Orgánico Procesal P.....