Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la PARTICIÓN DE COMUNIDAD ORDINARIA intentada por el ciudadano CARLOS MANUEL AYARO PERÉZ en contra de la ciudadana MARÍA VIRGINIA FLORES, todos identificados en actas.-
SEGUNDO: Quedan EMPLAZADAS las partes para que el décimo (10º) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00), contado a partir que quede firme el presente fallo, asistan al acto de nombramiento del Partidor, conforme a lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil. Así se determina.-
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-