III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR, el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogado Eddiez José Sevilla, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Fidel Ángel Terán Sandoval, contra el auto de fecha 15 de febrero de 2016, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante el cual, negó, por extemporáneo (tardío), el anuncio del recurso de apelación formulado por el abogado Eddiez Sevilla, contra la sentencia del 07 de enero de 2016, proferida por ese tribunal. Segundo: No hay pronunciamiento sobre costas, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dad.....