Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana Chabela Felipa López Villegas, titular de la cédula de identidad Nº 18.321.438, contra el ciudadano Mauro José Rodríguez Montenegro, titular de la cédula de identidad Nº 18.322.744, ampliamente identificados supra, en consecuencia se disuelve el vinculo conyugal que los unió , a partir de la publicación de la presente decisión .
Segundo: Se ratifican los acuerdos sobre las instituciones familiares que regirán las relaciones entre los padres y su hija a partir de la disolución del vínculo conyugal., homologados en fecha 09 de noviembre del 2010, salvo el régimen de convivencia familiar el cual se suspende temporalmente en espera de las resultas del procedimiento penal que cursa ante los tribunales contra la violencia de género. El cual será reanudado si resulta procedente a crit.....