En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, Niega la medida preventiva solicitada por la parte demandante, abogado Freddys Alexis Torres Sánchez, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Niloha María Sánchez Estrada, Federico Antonio Sánchez González y Alberto José Sánchez González, contra el ciudadano Alexander José Sánchez Ocanto, todos identificados, por Cobro de Bolívares (Procedimiento por Intimación) . Así se declara.-
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese y Regístrese, incluso en la página Web de este Tribunal. Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248.....