III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos vista la solicitud presentada por la ciudadana: MÓNICA MACARELYS HERRERA DE CARRIZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: Nº V-11.962.331, domiciliados en la calle Principal Matadero Viejo, sector José Gregorio Hernández, S/N Parroquia Manuel Manrique, Municipio Ezequiel Zamora, del estado Cojedes y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías ubicadas en la calle Principal Matadero Viejo, sector José Gregorio Hernández, S/N Parroquia Manuel Manrique, Municipio Ezequiel Zamora, del estado Cojedes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y al principio constitucional de tutela judicial efectiva contenido en el artículo 26 de la Constitución de la Repúblic.....