A partir del día de hoy 08 de Enero de 2008, fecha ésta en la cual el sancionado es impuesto de la ejecutoria de la sanción DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) año, la cual debería culminar el 08 de Enero del 2009; En este Sentido, deberá el sancionado cumplir la medida REGLAS DE CONDUCTA; la misma deberá culminar el 08 de Enero de 2009, de conformidad con lo establecido en los artículos 620, literales "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 624 eiudems. Asimismo se le insta al Adolescente que deberá consignar periódicamente Constancia de Estudio, por ante este Tribunal.- Seguidamente le fue impuesto al sancionado sobre sus derechos Constitucionales y legales previstos en el artículo 49.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 542 y 630 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y se le concede el derecho de palabra al sancionado Se omite la identidad de c.....