-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: Primero: INADMISIBLE la tercería propuesta por la ciudadana Maibi Parada Arjona, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.322.597, aduciendo actuar como representante legal de la adolescente Maidalin Rivas (demás datos en reserva conforme lo establece el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistida por los ciudadanos abogados Jiovanni Pérez y Franklin Muñoz, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 317.108 y 136.496, respectivamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 217 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide. Segundo: No se Hace necesaria la notificación de las partes intervinientes, ni de la parte que intento la Tercería, por encontrars.....