Esta Juzgadora Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Resuelve:
Unico: Se repone la causa al estado de darle entrada al Tribunal de Juicio, anulando todas las actuaciones subsiguientes, a la audiencia preliminar en fase de sustanciación, con el objeto de que se le garantice al demandado el derecho a la defensa y se le designe un Defensor Público, tal como lo solicitó en la audiencia preliminar en Fase de Mediación. Déjese transcurrir el lapso para la apelación de autos y remítase el expediente al Tribunal de origen, mediante oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su respectiva redistribución. Así se decide. Cúmplase.