Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las Probanzas Evacuadas para acreditar que los ciudadanos Leopoldo José Cedeño Fuentes y José Jesús Ruiz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.518.065 y V-8.670.935, respectivamente, conocen suficientemente de vista, trato y comunicación a la adolescente SE OMITE NOMBRE de quince (15) años y al ciudadano Luis Antonio Ramírez Jiménez, y que en fecha 28 de marzo de 1995, la ciudadana Judis Elena Manco, diò a luz en parto extra hospitalario una niña que lleva por nombre SE OMITE NOMBRE en el asentamiento campesino, finca campo Elías, perteneciente a la parroquia, Juan Ángel Bravo, La Sierra, Municipio San Carlos del estado Cojedes. Se dejan a salvo los der.....