Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por ABG. RICARDO TORRES GARCÍA, inscrito en el IPSA Nº. 57.953, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada, en contra la decisión emanada del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 03 de marzo del 2010, que declaró: la no comparecencia de la parte demandada a la prolongación de la audiencia preliminar, en procedimiento por cobro de prestaciones sociales, incoado por RITA ESTHER ARROYO, titular de la cédula de identidad numero E-81.607.838, en contra de COJEDES TELEVISIÓN COMPAÑÍA ANÓNIMA. En consecuencia se ratifica el fallo recurrido.
Hay condenatoria en Costa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 6.....