´-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a el ciudadano: JOSE JUVENAL MONTAÑEZ SUAREZ, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-84.592.955, domiciliado en la calle Vargas con Avenida Páez, casa sin número, Municipio Tinaco del estado Cojedes, Titulo Supletorio de Propiedad, sobre unas bienhechurías edificadas a sus propias expensas, con dinero de su peculio personal, en un lote de terreno ejido del Municipio Tinaco, estado Cojedes, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se especifican en la petición, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código.....