Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA BOLIVAR PAN, C.A., parte recurrente en el presente asunto, contra la decisión de fecha 19/05/2017, dictada por el Tribunal Primero Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Segundo: Se Confirma la decisión que declaro CON LUGAR la acción de Nulidad de Efectos Particulares contra el acto administrativo Nº. 0041-2016 de fecha 31/03/2016, expediente administrativo Nº. 055-2015-01-00540 emanado de la Inspectoria del Trabajo del estado Cojedes adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.
Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República de la presente decisi.....