IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a los ciudadanos DULCE MARIA HERNANDEZ BORJAS, GRECIA CAROLINA RIVERO HERNÁNDEZ, GREICIS ATENAS RIVERO HERNÁNDEZ Y RAÚL ANTONIO RIVERO HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.537.699, V-17.889.131, V-20.042.943 y 24.247.622, respectivamente, el carácter de herederos del ciudadano fallecido Luis Raúl Rivero (+), quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº.V-4.097.627, quien falleció el día Dieciocho (18) de Octubre del año Dos Mil Veinticuatro (.....