VI.- Decisión.-
En consecuencia, en virtud de todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la presente demanda de Nulidad de Documentos incoada por el ciudadano William Alfredo Terán Sandoval, en su carácter de Tutor Interino de la ciudadana María Victoria Sandoval de Terán(+), asistido ab-initio por la profesional del derecho Hortencia Jaqueline Aponte, en contra del ciudadano Fidel Ángel Terán Sandoval, en consecuencia, se declaran Nulos y por tanto Sin Efecto Jurídico los contratos celebrados por entre la hoy De cujus María Victoria Sandoval de Terán(+), identificada con la Cédula número V.2.344.557 y el ciudadano Fidel Ángel Terán Sandoval, identificado con.....