este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Con Lugar la acción de Obligación Alimentaría interpuesta por la ciudadana Nancy Saray Becerra Rivera, en su carácter de Fiscal IV del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa de los derechos e intereses de la niña (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LOPNA), de (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LOPNA), a solicitud de la ciudadana Marielvis Josefina Mendoza Natera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.367.996, en contra del ciudadano Bernardo Ramón Torres Telleria, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.767.009. En consecuencia, se establece por concepto de obligación alimentaría mensual, el equivalente a un tercio del salario mínimo decretado por.....