III
DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, NO HA LUGAR, las inhibiciones formuladas por el entonces Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, abogado Sadala Antonio Mostafá Paolini, en virtud de que el objeto de ambas inhibiciones cesó.
Publíquese, regístrese y compúlsense las copias necesarias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. En San Carlos, a los seis (06) días del mes de octubre del año dos mil diez (2010). Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
Abg. Mirla B. Malavé S.
Jueza Provisoria
Abg. Maribel N. Rivas R.
Secretar.....