En mérito de las razones antes expuestas este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos SANTOS ORLANDO DOMINGUEZ ARMAS y MARY JOSEFINA QUINTANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-4.382.183 y V-5.622.911, respectivamente. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los unía desde el día quince (15) de Mayo de mil novecientos setenta y seis (1976), a partir de la publicación de la presente sentencia. SEGUNDO: En cuanto a los convenios suscritos entre las partes sobre: PATRIA POTESTAD, GUARDA, REGIMEN DE VISITAS y OBLIGACION ALIMENTARIA, en beneficio de la adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, ya identificada, por cuanto quien aquí decide, observa que los mismos no son cont.....