DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR El RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los apoderados judiciales de la parte actora, en contra de sentencia dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 13 de julio de 2012, que Homologo el acuerdo transaccional celebrado entre las partes. Por lo que se ratifica el fallo recurrido. Así se decide.
No hay condenatoria en Costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, parte in fine, relativa al salario excluyente del trabajador, para la imposición de costas.