Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de divorcio presentada por la ciudadana Rebeca Esther Castillo Cifuentes, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.108.289, contra el ciudadano Raúl David Zapata Guerra, con fundamento en la causal 3º del Articulo 185 del Código Civil Venezolano. Y en consecuencia queda disuelto el vínculo conyugal que los unía, a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. En consecuencia las Instituciones familiares se establecen de la siguiente manera.
Segundo: La Patria Potestad será ejercida por ambos progenitores, la custodia de los niños la ostentara la progenitora ciudadana Rebeca Esther Castillo Cifuentes. Así se decide.
Tercero: Se fija como monto de obligación de manutención en la cantidad de quinientos bolívares (Bs. 500,00) mensuales, a razón de doscientos cincuenta bolívares (Bs.250.....