Con fuerza a las anteriores consideraciones, habiéndose detectado en el presente caso la existencia de la subversión del proceso, la Sala, conforme ya indicó, en resguardo del derecho a la defensa, al debido proceso y a la garantía constitucional de imparcialidad, idoneidad y transparencia de la justicia, hace uso de la casación de oficio para corregir el vicio delatado, por la infracción del artículo 147 del Código de Procedimiento Civil, en que incurrió el ad quem, relativo a la extinción del proceso, ya que los efectos del convenimiento homologado suscrito por uno solo de los demandados son sólo aplicables a quien lo suscribió, sin poderse extender al resto de los co-demandados, dando así aplicación al contenido y alcance del artículo 320 eiusdem. En consecuencia, el juicio por ejecución de hipoteca debe continuar contra los co-demandados Nancy Kely Lapco de Krausz y Roberto Lapco Vaiser, reponiéndose, por vía de consecuencia, la causa al estado en el cual el tribunal de cognición, .....