Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara Competente para conocer y decidir la presente solicitud de acción de amparo interpuesta por la abogada Úrsula María Mujica Colmenarez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.899.709, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 61.399, quien asiste a la ciudadana Lidanys Deymar Herrera Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.368.723. Así se decide.
Segundo: Parcialmente Con Lugar la Acción de amparo ejercida por la abogada Úrsula María Mujica Colmenarez, quien asiste a la ciudadana Lidanys Deymar Herrera Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.368.723. Así se decide.
Terce.....